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EUIPO
Proteja sus marcas, dibujos y modelos en la Unión Europea

Proteja su propiedad intelectual en la Unión Europea.

Dibujos y modelos comunitarios no registrados

 

La divulgación es la puesta a disposición del público de un dibujo o modelo, de manera tal que los círculos especializados que operan en la Unión Europea (UE) puedan tomar conocimiento del dibujo o modelo de manera razonable. La fecha y el modo de divulgación son esenciales: la divulgación genera un derecho sobre un dibujo o modelo comunitario no registrado (DMC no registrado), pero también puede destruir la novedad de un dibujo o modelo registrado (DMC) si este último no es objeto de una solicitud en un plazo de doce meses desde la divulgación. La divulgación debe hacerse en la UE para crear un derecho sobre un DMC no registrado.


Se puede demostrar mediante, por ejemplo, una publicación impresa fechada, una publicidad masiva, una publicación en el boletín de una oficina nacional de propiedad intelectual, una presentación en una exposición internacional o un correo fechado dirigido a todas las asociaciones comerciales de un sector industrial determinado.


No se tendrá en cuenta la divulgación si los círculos especializados del sector en cuestión que operan en la Unión Europea (UE) no conocen el dibujo o modelo tras su divulgación en el tráfico comercial normal.

Por tanto, el dibujo o modelo debe ser conocido, como mínimo, por los círculos especializados del sector en cuestión que operan en la UE, y la fecha de divulgación debe ser cierta.

Para más información, véanse las Directrices, Examen de las solicitudes de nulidad de dibujos y modelos.


Es importante, sobre todo, la fecha de la primera divulgación para evitar tener que buscar esa prueba más adelante o en caso de un procedimiento judicial. Por ende, se debería guardar de manera práctica y segura cada elemento de prueba que demuestre que se ha hecho la divulgación al público —y que ha sido exitosa en cuanto al alcance del objetivo—.


La divulgación debe brindarles a los círculos interesados de la Unión Europea la oportunidad de tener conocimiento del dibujo o modelo. La divulgación en un Estado miembro puede que sea suficiente, siempre que se lleve a cabo de manera tal que los círculos interesados de esta industria en el territorio de la Unión Europea podrían tomar conocimiento del dibujo o modelo. Esto debería ser suficiente para establecer el derecho sobre el dibujo o modelo comunitario no registrado. Por ejemplo, la divulgación en ferias internacionales del territorio de la Unión Europea, donde están presentes todos los círculos interesados de todos los países, debería hacer que sea más fácil determinar el comienzo de un derecho.

Más información sobre litigios.


La protección de los dibujos o modelos comunitarios no registrados es efectiva desde el 6 de marzo de 2002. Estarán protegidos los dibujos y modelos divulgados por primera vez en esa fecha o a partir de ella. Antes de esa fecha, los dibujos y modelos no están protegidos.


La nacionalidad no puede interferir en la obtención de la protección de un dibujo o modelo en Europa. De acuerdo con las condiciones de protección y divulgación, todo dibujo o modelo divulgado en la UE es un derecho que recae en la persona (jurídica o física) que lo haya divulgado, independientemente de su nacionalidad.

Más información sobre litigios.


Para defender su derecho o actuar contra un acto de falsificación, el titular de un dibujo o modelo comunitario no registrado debe poder proporcionar la documentación siguiente a un tercero en un proceso judicial.
  1. Prueba del lugar y la fecha de la primera divulgación del dibujo o modelo.
  2. Prueba de que el dibujo o modelo corresponde al dibujo o modelo divulgado (con sus características principales y, en especial, aquellas con carácter singular).
  3. Prueba de que los círculos interesados de la Unión Europea podrían tener conocimiento de la divulgación. No debe subestimarse la dificultad para probar la fecha y el alcance de la divulgación. Es inherente al sistema de los dibujos o modelos comunitarios no registrados, que, de lo contrario, sería una forma de protección fácil de alcanzar.
  4. Prueba de que el supuesto falsificador ha, de hecho, copiado el dibujo o modelo protegido.
Para más información, consulte el Reglamento (CE) n.° 6/2002 del Consejo, de 12 de diciembre de 2001, sobre los dibujos y modelos comunitarios.


Las acciones por incumplimiento no le corresponden a la EUIPO, sino a los tribunales competentes en materia de dibujos y modelos comunitarios, los cuales son designados por los Estados miembros. En caso de que copien su dibujo o modelo, debe demandar a la persona que ha violado su derecho ante uno de estos tribunales.

Obtenga más información sobre el registro para evitar esta situación.


Es inadecuado hablar de «transformación» de un derecho en otro. Ambos derechos pueden existir en el mismo dibujo o modelo.
No obstante, es importante recordar que el Reglamento establece un «período de gracia» de un año. Este periodo le permite probar la protección de un dibujo o modelo comunitario no registrado en el mercado y, luego, registrar un dibujo o modelo comunitario registrado. Durante el periodo de gracia, no se considerará que ha destruido la novedad de su dibujo o modelo.
Sin embargo, si no presenta una solicitud de dibujos y modelos comunitarios registrados en un plazo de un año desde la primera divulgación, más tarde se podría declarar la nulidad de su dibujo o modelo comunitario registrado.
Por ende, no es posible tener tres años completos de protección como dibujo o modelo comunitario no registrado y, luego, presentar una solicitud de un dibujo o modelo comunitario registrado dado que de tal forma no se cumplirá el requisito de novedad.


Las preguntas y respuestas facilitadas en esta página se ofrecen a título meramente informativo y no constituyen un punto de referencia legal. Consulte el Reglamento sobre la marca de la Unión Europea y el Reglamento de dibujos y modelos comunitarios o las directrices sobre marcas/dibujos y modelos para obtener más información.

Para obtener más información sobre la forma en que la Oficina gestiona sus datos personales, consulte el Aviso sobre protección de datos.
 

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