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EUIPO
Proteja sus marcas, dibujos y modelos en la Unión Europea

Proteja su propiedad intelectual en la Unión Europea.

Requisitos técnicos de los documentos adjuntos a las presentaciones y comunicaciones electrónicas

NB: la fuente oficial de esta información se puede consultar en las «Condiciones de uso del User Area» adjuntas a la «Decisión EX-20-9 del director ejecutivo de la Oficina, de 3 de noviembre de 2020, relativa a la comunicación por medios electrónicos».

 

  • Presentación electrónica de solicitud de marca de la Unión Europea

    Cuando la representación de una solicitud de MUE se proporcione electrónicamente, el tamaño del archivo electrónico será:

    • tamaño máximo por documento adjunto: 2 MB (20 MB en caso de MP4, OBJ, STL y X3D);
    • tamaño máximo total de los archivos adjuntos: 20 MB;
    • restricción de la longitud del nombre de los archivos adjuntos: 25 caracteres.

    Cuando la representación de una solicitud de MUE se proporcione electrónicamente, los formatos del archivo electrónico serán:

    (a) JPEG
    Este es el formato de archivo estándar usado para representar la marca solicitada (disponible para todos los tipos de marca, excepto para marcas denominativas y multimedia), y deberá cumplir lo siguiente:

    • tamaño máximo de imagen: 2835 x 2010 píxeles;
    • resolución de la impresión: mín. 96 DPI, máx. 300 DPI;
    • modo de color: RGB, escala de grises, BW o CMYK.

    Las imágenes se ajustan automáticamente a 250 x 250 píxeles. La imagen cargada se mostrará tal y como va a aparecer más adelante en el certificado de registro.

    Antes de ser visualizadas, las imágenes CMYK se convierten a imágenes RGB por medio de un software específico de conversión. En algunas imágenes CMYK convertidas a RGB, determinados colores pueden parecer diferentes del original. Por lo tanto, es recomendable cambiar el modo de color antes de subir la imagen para conservar los colores originales.

    (b) MP3:
    Este formato de archivo se puede utilizar cuando se solicite el registro de una marca sonora (junto con JPEG), y debe atenerse a los requisitos siguientes:

    • frecuencia de muestreo: 8 kHz para archivos exclusivamente de voz, 11,025 kHz para efectos sonoros, 22,05 kHz o 44,1 kHz para música;
    • profundidad de bits: 8 o 16 bits;
    • canales: 1=mono; 2=estéreo.

    (c) OBJ, STL y X3D:
    Estos formatos de archivo pueden utilizarse para el registro de una marca de forma.

    El tipo de archivo X3D no puede cargarse si se hace uso de una versión de Internet Explorer anterior a la 11.

    (d) MP4:
    Este formato de archivo puede utilizarse únicamente para solicitar el registro de marcas de movimiento, multimedia y de holograma y debe atenerse a los requisitos siguientes:

    • Norma ISO: ISO/IEC 14496-14:2003 (MPEG4 Parte 14);
    • códecs de vídeo: MP4 es compatible con distintos códecs de vídeo (MPEG-1, MPEG-2, MPEG-4, VP6, VP5, H.263, etc.), aunque se recomienda hacer uso del códec H.264;
    • códecs de audio: MP4 es compatible con distintos códecs de audio (MP3, MP2, WMA, WMA Pro, PCM, WAV), aunque se recomienda hacer uso del códec AAC-LC;
    • frecuencia de fotogramas entre 24 y 30 fps;
    • frecuencia de bits de entre 1 200 y 8 000 Kbps;
    • tipo de archivos multimedia: vídeo/MP4, audio/MP4, aplicación/MP4.
  • Presentación electrónica vía e-filing de dibujos y modelos comunitarios registrados

    Cuando la representación de una solicitud de un DMC se proporcione electrónicamente, el tamaño del archivo electrónico será:

    • tamaño máximo por documento adjunto: 2 MB (20 MB en caso de OBJ, STL y X3D);
    • tamaño máximo total de los documentos adjuntos: 20 MB;
    • restricción de la longitud del nombre de los archivos adjuntos: 25 caracteres.

    Cuando la representación de una solicitud de un DMC se proporcione electrónicamente, los formatos del archivo electrónico serán:

    (a) JPEG
    Este es el formato de archivo estándar que debe utilizarse para representar el dibujo o modelo solicitado, que deberá atenerse a los requisitos siguientes:

    • tamaño máximo de imagen: 5000 x 5000 píxeles;
    • resolución de la impresión: mín. 72 DPI, máx. 300 DPI;
    • modos de color: CMYK (que se convertirá a RGB), escala de grises, BW o RGB;
    • Las imágenes progresivas JEPG se convertirán en imágenes de línea base;
    • la carga de vistas dinámicas tridimensionales Y de otras vistas estáticas está restringida.

    (b) OBJ, STL y X3D
    Pueden utilizarse estos formatos para cargar visualizaciones dinámicas tridimensionales que aporten información adicional y como origen de imágenes estáticas al registrar dibujos y modelos.

    El tipo de archivo X3D no puede cargarse si se hace uso de una versión de Internet Explorer anterior a la 11.

  • Presentación electrónica vía e-filing de oposiciones y anulaciones

    Restricciones del tamaño del archivo:

    • tamaño máximo por documento adjunto: 5 MB;
    • tamaño máximo total de los documentos adjuntos: 20 MB;
    • restricción de la longitud del nombre de los archivos adjuntos: 150 caracteres.

    Tipos de archivos aceptados:

    JPEG
    Debe utilizarse un tipo de archivo estándar que cumpla los requisitos siguientes:

    • tamaño máximo de imagen: 2008 x 2835 píxeles;
    • resolución de la impresión: mín. 96 DPI, máx. 300 DPI;
    • únicamente RGB 8b (no CMYK);
    • No son válidas las imágenes progresivas en formato JPEG.

    PDF
    Solo se aceptan archivos PDF estáticos estándar. No se aceptarán los formularios y archivos PDF que puedan rellenarse y que incluyan objetos añadidos (como firmas, texto eliminado [oculto], texto resaltado, flechas). Tenga en cuenta que durante el proceso de carga se perderá cualquier objeto añadido y que el documento original, desprovisto de estos objetos, podrá divulgarse a otras partes en el procedimiento o hacerse público a través de una solicitud de consulta pública de expedientes».


    MP3
    Solo se utilizarán para representar marcas sonoras anteriores y deben atenerse a los requisitos siguientes:

    • frecuencia de muestreo: 8 kHz para archivos exclusivamente de voz, 11,025 kHz para efectos sonoros, 22,05 kHz o 44,1 kHz para música;
    • profundidad de bits: 8 o 16 bits;
    • canales: 1=mono; 2=estéreo.

     

  • Otras presentaciones electrónicas vía e-filing [presentación de una solicitud de inscripción, renovación o conversión, consulta pública de una solicitud internacional basada en una (solicitud de) MUE o un recurso]

    Restricciones del tamaño del archivo:

    • tamaño máximo por documento adjunto: 2 MB (20 MB en caso de recurso electrónico);
    • tamaño máximo total de los documentos adjuntos: 20 MB.

    Tipos de archivos aceptados:

    JPEG
    Debe utilizarse un tipo de archivo estándar que cumpla los requisitos siguientes:

    • resolución de la impresión: mín. 96 DPI, máx. 300 DPI,
    • únicamente RGB 8b (no CMYK);
    • No son válidas las imágenes progresivas en formato JPEG

    PDF
    Solo se aceptan archivos PDF estáticos estándar. No se aceptarán los formularios y archivos PDF que puedan rellenarse y que incluyan objetos añadidos (como firmas, texto eliminado [oculto], texto resaltado, flechas). Tenga en cuenta que durante el proceso de carga se perderá cualquier objeto añadido y que el documento original, desprovisto de estos objetos, podrá divulgarse a otras partes en el procedimiento o hacerse público a través de una solicitud de consulta pública de expedientes».

    MP3
    Solo se utilizarán para representar marcas sonoras y deben atenerse a los requisitos siguientes:

    • frecuencia de muestreo: 8 kHz para archivos exclusivamente de voz, 11,025 kHz para efectos sonoros, 22,05 kHz o 44,1 kHz para música;
    • profundidad de bits: 8 o 16 bits;
    • canales: 1=mono; 2=estéreo.

     

  • Otras comunicaciones y acciones electrónicas

    Restricciones del tamaño del archivo:

    • tamaño máximo por documento adjunto: 20 MB;
    • tamaño máximo total de los documentos adjuntos: 1 GB (100 MB en caso de comunicaciones de oposiciones, anulaciones y recursos);
    • restricción de la longitud del nombre de los archivos adjuntos: 20 caracteres.

    Si el tamaño total de la comunicación con archivos adjuntos supera los 20 MB, la Oficina recibirá tales archivos adjuntos, aunque solo se visualizará la comunicación en la vista previa y en el recibo final.

    Tipos de archivos aceptados:

    JPEG
    Debe utilizarse un tipo de archivo estándar que cumpla los requisitos siguientes:

    • resolución de la impresión: mín. 96 DPI, máx. 300 DPI;
    • únicamente RGB 8b (no CMYK);
    • No son válidas las imágenes progresivas en formato JPEG.

    PDF
    Solo se aceptan archivos PDF estáticos estándar. No se aceptarán los formularios y archivos PDF que puedan rellenarse y que incluyan objetos añadidos (como firmas, texto eliminado [oculto], texto resaltado, flechas). Tenga en cuenta que durante el proceso de carga se perderá cualquier objeto añadido y que el documento original, desprovisto de estos objetos, podrá divulgarse a otras partes en el procedimiento o hacerse público a través de una solicitud de consulta pública de expedientes».

    MP3
    Se utilizarán archivos MP3 estándar que deberán atenerse a los requisitos siguientes:

    • frecuencia de muestreo: 8 kHz para archivos exclusivamente de voz, 11,025 kHz para efectos sonoros, 22,05 kHz o 44,1 kHz para música;
    • profundidad de bits: 8 o 16 bits;
    • canales: 1=mono; 2=estéreo.

    Solo se aceptarán como archivos adjuntos los archivos MP3 en las siguientes acciones electrónicas de procedimientos de oposición:

    • presentar hechos adicionales
    • presentar prueba de uso
    • presentar otros documentos

    MP4
    Se utilizarán archivos MP4 estándar que deberán atenerse a los requisitos siguientes:

    • Norma ISO: ISO/IEC 14496-14:2003 (MPEG4 Parte 14);
    • códecs de vídeo: MP4 es compatible con distintos códecs de vídeo (MPEG-1, MPEG-2, MPEG-4, VP6, VP5, H.263, etc.), aunque se recomienda hacer uso del códec H.264;
    • códecs de audio: MP4 es compatible con distintos códecs de audio (MP3, MP2, WMA, WMA Pro, PCM, WAV), aunque se recomienda hacer uso del códec AAC-LC;
    • frecuencia de imagen entre 24 y 30 fps;
    • frecuencia de bits de entre 1 200 y 8 000 Kbps;
    • tipo de archivos multimedia: vídeo/MP4, audio/MP4, aplicación/MP4.

     

    Solo se aceptarán como archivos adjuntos los archivos MP4 en las siguientes acciones electrónicas de procedimientos de oposición:

    • presentar hechos adicionales
    • presentar prueba del uso
    • presentar otros documentos

     

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