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EUIPO
Proteja sus marcas, dibujos y modelos en la Unión Europea

Proteja su propiedad intelectual en la Unión Europea.

Registro

 

El Registro de marcas de la Unión Europea contiene datos de todas las solicitudes y registros de marcas de la UE, como se explica en el artículo 111 del Reglamento sobre la marca de la Unión Europea (RMUE).
El Registro de dibujos y modelos comunitarios contiene detalles relacionados con el registro de un dibujo o modelo comunitario.
El Registro se actualiza constantemente para realizar un seguimiento de los cambios de la información relativa a la marca de la UE y los dibujos y modelos registrados que determina el Reglamento, como los detalles de titularidad, la concesión de una licencia o un derecho real y las reivindicaciones de antigüedad.
La Oficina publica un Boletín de marcas de la UE y un Boletín de dibujos y modelos comunitarios que contienen entradas y otros datos en el Registro abierto a consulta pública.
Para una mejor comprensión de los Boletines, la Oficina también tiene disponibles Vademécums, que son guías para explicar los artículos publicados en los Boletines.
Hay dos Vademécums disponibles: uno para marcas de la UE y otro para dibujos y modelos comunitarios registrados.

Enlace a los Boletines (Vademécum).


Una entrada en el Registro es una inscripción que efectúa la Oficina.
Las inscripciones se refieren a la modificación de la información que figura en el Registro; a saber, la actualización o modificación de la información introducida anteriormente en los archivos de solicitudes o registros de dibujos y modelos comunitarios y la marca de la UE (MUE).
Las inscripciones más comunes son: cesiones/cambios de titularidad, designación de un representante, cambios en el nombre y/o dirección del titular, reivindicaciones de antigüedad, licencias, etc.
Todas estas entradas se enumeran en el:
  • Artículo 111, apartado 3, del RMUE para marcas de la UE;
  • Artículo 69, apartado 3, del REDC para los dibujos y modelos comunitarios registrados.
Una entrada en el Registro es una inscripción efectuada por la Oficina. Se trata principalmente de modificaciones de la información del titular, licencias y derechos reales. Puede encontrar más información sobre cómo administrar su dibujo y modelo y mantener actualizada la información del Registro en la pestaña «Propiedad» en la sección Administrar del sitio web.

Encontrará más información en las Directrices, Examen de las solicitudes de dibujos y modelos comunitarios registrados.


Puede hacerlo fácilmente a través de su área de usuario en línea. Acceda a su área de usuario y utilice el menú de opciones para introducir los cambios adecuados en sus datos personales.

Más información sobre cómo cambiar los datos personales de los titulares.

Para más información, consulte las Directrices, Parte E, Operaciones de Registro, Sección 1, Cambios en el Registro.


Las solicitudes de cesión son una excepción, ya que hay una tasa. Consulte la sección de las tasas directamente abonables a la EUIPO para más detalles sobre la cesión de una licencia (véase el código de tasa F‑023).

Más información sobre cómo cambiar los datos personales de los titulares.

Se puede encontrar más información sobre las cesión en dibujos y modelos comunitarios registrados en las Directrices, Examen de las solicitudes de dibujos y modelos comunitarios registrados.


Esto se decidirá a la luz de si la legislación nacional sobre entidades jurídicas considera el cambio societario como un cambio de la identidad de la empresa (en cuyo caso, se registrará como cesión), o no.

Para más información, consulte las Directrices, Parte E, Operaciones de Registro, Sección 3, las MUE y los DMC como Objeto de Propiedad 1, Cesión.


Cuando una fusión supone un cambio de identidad de las empresas en cuestión, se registrará como cesión. Cuando el titular de la marca de la UE o de la solicitud de marca de la UE absorbe a la otra empresa, si no existe cambio de identidad por lo que respecta al titular, no se debería tramitar una cesión de titularidad

Para más información, consulte las Directrices, Parte E, Operaciones de Registro, Sección 3, las MUE y los DMC como Objeto de Propiedad 1, Cesión.


Es suficiente que las partes muestren su acuerdo para registrar la cesión de titularidad en el Registro. Una solicitud a este respecto firmada por ambas partes sería suficiente. Si las partes nombran a un representante profesional común ante la Oficina, el representante podrá firmar esa solicitud en su nombre. En estos casos, no será necesario presentar una prueba adicional de la cesión, como la copia del título de cesión. En todos los demás casos, es necesario presentar una prueba de la cesión (como una copia firmada del título de cesión).

Puede encontrar más detalles sobre los requisitos formales y sustantivos de las solicitudes para registrar una cesión de titularidad en las Directrices, Parte E, Operaciones de Registro, Sección 3, Las MUE y los DMC como Objeto de Propiedad, Capítulo 1, Cesión.


Sí, las solicitudes o registros se pueden escindir como resultado de una división o de una cesión parcial.
Mientras que una cesión parcial es gratuita e implica un cambio de titularidad de la marca cedida, la solicitud de división de una marca está sujeta al pago de una tasa y la marca dividida sigue perteneciendo al mismo titular. La solicitud únicamente se considerará presentada una vez que se haya abonado la tasa exigida.
La división no está disponible para las solicitudes internacionales en virtud del Protocolo de Madrid que designen a la UE. La EUIPO no tiene autoridad para dividir una denominación internacional.
 
Para más información sobre la tasa para la declaración de división de la marca de la UE, consulte la lista de tasas directamente abonables a la EUIPO.

Puede encontrar más detalles sobre las solicitudes para registrar una cesión parcial de titularidad en las Directrices, Parte E, Operaciones de Registro, Sección 3, Las MUE y los DMC como Objeto de Propiedad, Capítulo 1, Cesión.

Puede encontrar más detalles sobre las divisiones en las Directrices, Parte E, Operaciones de Registro, Sección 1, Cambios en un Registro, apartado 5, División.


El público en general puede acceder al Registro de marcas de la Unión Europea y al Registro de dibujos y modelos comunitarios.

Los expedientes pueden consultarse siempre que se presente una solicitud escrita y se abonen las tasas correspondientes. Los expedientes también contienen elementos que no forman parte del Registro y que pueden resultar de interés para terceros, como una breve descripción del dibujo o modelo, si el solicitante la ha facilitado.

En el caso de los dibujos o modelos cuya publicación ha sido aplazada, no se admitirá ninguna consulta hasta el momento de la publicación, a menos que se cuente con el consentimiento del titular o que concurra alguna de las pocas excepciones que establecen los reglamentos. Los dibujos y modelos que nunca lleguen a publicarse no se ofrecerán para consulta pública.

Para más información, consulte las Directrices, Parte E, Operaciones de Registro, Sección 5, Consulta Pública.


Las preguntas y respuestas facilitadas en esta página se ofrecen a título meramente informativo y no constituyen un punto de referencia legal. Consulte el Reglamento sobre la marca de la Unión Europea y el Reglamento de dibujos y modelos comunitarios o las directrices sobre marcas/dibujos y modelos para obtener más información.

Para obtener más información sobre la forma en que la Oficina gestiona sus datos personales, consulte la Declaración sobre protección de datos.
 

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